15/11/2024

Fonavi, Reintegro 2: consulta el LINK OFICIAL con DNI para saber si estás en el padrón de beneficiarios

Hace 1 meses

Fonavi, Reintegro 2: consulta el LINK OFICIAL con DNI para saber si estás en el padrón de beneficiarios

Conoce en esta nota si eres parte del padrón de beneficiarios del Fonavi, reintegro 2, con tu DNI.

Conoce en esta nota si eres parte del padrón de beneficiarios del Fonavi, reintegro 2, con tu DNI.

Durante el mes de agosto comenzó la devolución de los aportes específicamente al grupo de Reintegro 2 del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) en todo el país, que está dirigido a los aportantes mayores a 75 años y para los herederos que fallecieron a los 93 años. Sin embargo, a pesar del tiempo, hay muchos que todavía no lo han recibido.

Grupo de Reintegro Fonavi 2024.

PUEDES VER: Grupo de Reintegro Fonavi 2024: conoce AQUÍ a cuál perteneces y cómo reclamar tu pago en octubre

¿Cómo saber si estoy en el padrón de Reintegro 2 de Fonavi en octubre 2024?

El Fonavi indicó que los aportantes deben verificar si están dentro del padrón del Reintegro 2 antes de ir a una de las sedes del Banco de la Nación. Para ello, solo disponen de tres maneras:

  • Vía web: ingresando al sitio www.fonavi-st.gob.pe
  • Vía telefónica: comunicándose a la central telefónica llamando al (01) 6408655 o también a "Aló, Mac" al número 1800.
  • Vía presencial: acudiendo a los centros MAC.

¿Quiénes son los beneficiarios del grupo Reintegro 2 del Fonavi 2024?

El grupo Reintegro 2 de Fonavi indica que los beneficiarios serán los fonavistas de las listas 1 a la 19 que hayan cobrado uno de los pagos previamente, también aquellos que sean adultos mayores de 75 años a más y estén vivos. Para finalizar, los herederos o deudos de fonavistas que hayan tenido 93 años o más al momento de fallecer.

Fonavi, reintegro 2: ¿Qué documentos debo presentar si soy heredero?

Ten en cuenta que los herederos o deudos de los fonavistas que están habilitados a cobrar la devolución del Reintegro 2 de Fonavi 2024 tienen que presentar una documentación importante. Asimismo, los que podrán cobrarlo solo pueden ser los cónyugues o convivientes; hijos, padres, hermanos y, finalmente, las personas que figuren en el testamento del fonavista.

  • Viudo(a): Copia certificada de la partida o acta de matrimonio (anverso y reverso).
  • Conviviente: Certificado actualizado de su inscripción en el registro de personas naturales en el que conste la Unión de Hecho, válidamente emitido por la SUNARP.
  • Hijo(a): Copia certificada de la partida o acta de nacimiento (anverso y reverso), del solicitante y de los beneficiarios declarados. De no haber otros, sólo la del solicitante.
  • Padre o madre: Copia certificada de la partida o acta de nacimiento (anverso y reverso) del beneficiario fonavista fallecido.
  • Hermano(a): Copia certificada de la partida o acta de nacimiento (anverso y reverso) del beneficiario fonavista fallecido. Además, copia certificada de la partida o acta de nacimiento del solicitante y de los otros beneficiarios declarados. En caso no haya otros beneficiarios, solo tendrás que incluir la del solicitante.
  • Otros: Copia legalizada del acta notarial de sucesión intestada, o el testimonio o copia legalizada del testamento. Asimismo, el certificado literal emitido por la SUNARP, en el que inscrita la sucesión intestada definitiva o el testamento y su ampliación, de ser el caso.

Ver noticia en Libero.pe

Temas Relacionados: