22/12/2024

Cronograma de pagos Sunat 2023: revisa las fechas de obligaciones y declaraciones tributarias

Martes 01 de Agosto del 2023

Cronograma de pagos Sunat 2023: revisa las fechas de obligaciones y declaraciones tributarias

Revisa AQUÍ el cronograma de pagos Sunat 2023 para la declaración y pago de las obligaciones mensuales de acuerdo al último dígito del RUC.

Revisa AQUÍ el cronograma de pagos Sunat 2023 para la declaración y pago de las obligaciones mensuales de acuerdo al último dígito del RUC.

Cronograma de Obligaciones Mensuales - SUNAT | AQUÍ podrás verificar la fecha máxima de vencimiento para la declaración y pago de tus obligaciones mensuales de acuerdo al último dígito de tu RUC de la Superintendencia Nacional de Aduana y de Administración Tributaria (Sunat) para evitar futuros problemas con tus cuentas o atrasos en tus registros.

Revisa AQUÍ el cronograma de pagos del Banco de la Nación para agosto 2023.

PUEDES VER: Cronograma de pagos del Banco de la Nación: AQUÍ revisa las fechas de AGOSTO 2023

Mediante la Resolución de Superintendencia N° 281-2022/SUNAT, aprobada el 24 de diciembre, se estableció el Cronograma de pagos Sunat 2023 para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales, así como las declaraciones de Impuesto a la Renta.

En esta nota te compartimos el calendario anual aprobado por el ente recaudador correspondiente al 2023, que comenzó a regir a partir del 15 de febrero de este año. Asimismo, se estableció las fechas de vencimiento según el último dígito del RUC.

Revisa la fecha de vencimiento en el Cronograma de Obligaciones Mensuales - SUNAT

Ten en cuenta que solo los dígitos 0 y 1 tienen un día por separado como fecha de vencimiento. Los demás números se agrupan de dos dígitos en cada fecha de vencimiento, de la siguiente manera: 2 y 3; 4 y 5; 6 y 7; 8 y 9.

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¿Qué pasa si me atraso con algún pago?

De acuerdo a lo mencionado en el artículo 29 del Código Tributario, se indica que la Sunat puede establecer los cronogramas de pagos para se realicen dentro de los seis días hábiles anteriores o posteriores al día de vencimiento del plazo señalado.

Por lo que las fechas máximas se deberán considerar si los contribuyentes están obligados o voluntariamente a que realicen sus registros de compra y registro de ventas e ingresos de manera electrónica.

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