En un fallo totalmente histórico para el ámbito judicial español y hasta del mundo entero, el fotógrafo Jordi Martí ha sido condenado tras un juicio contundente en el que Clara Chía Martí, novia del reconocido exfutbolista Gerard Piqué, resultó victoriosa. El juez del Juzgado de lo Penal número 14 de Barcelona dictaminó que el paparazzo es culpable de los dos delitos graves (acoso y lesiones) por los que fue denunciado el año pasado, sentenciándolo de manera muy severa, lo cual ha llamado bastante la atención de la opinión pública y de los medios de comunicación que han ido informado sobre esta noticia.
La sentencia emitida es importante, clave y destaca por ser la primera vez que un fotógrafo es condenado en España por acoso, un precedente legal que podría influir en futuros casos relacionados con la intrusión y el acoso mediático, muchas veces maquillado como libertado de expresión u opinión. El veredicto refleja el compromiso del sistema judicial con la protección de la intimidad personal frente a prácticas intrusivas de algunos profesionales de la prensa, quienes deberán saber diferenciar cuándo se trata de su trabajo en sí, sin necesidad de llegar al hostigamiento, situación que puede traer problemas de todo tipo a la presunta “víctima”.
¿CUÁL FUE LA SENTENCIA QUE RECIBIÓ JORDÍ MARTÍN EN EL JUCIO CONTRA CLARA CHÍA?
La justicia española determinó que el fotógrafo deberá cumplir una pena de prisión de un año, dividida en seis meses por cada delito. Además, se le ha impuesto una serie de medidas restrictivas que incluyen la inhabilitación temporal y una orden de alejamiento de 1,000 metros hacia la Sra. Clara Chía Martí por un período de un año y medio, así que el periodista no podrá estar cerca al domicilio de la joven o a su centro de labores o en cualquier lugar en el que ella se encuentre. Sin embargo, eso no es todo, pues también deberá hacer un importante pago a la catalana.
Además de la pena de cárcel y la orden de alejamiento, el juez ha ordenado que Jordi Martí indemnice a Clara Chía Martí con una cantidad significativa, que asciende a 3.130 euros por gastos sanitarios y 10,000 euros por el daño moral causado. Estas cifras están sujetas a los intereses legales correspondientes, según lo estipulado por la ley. Además, un equipo forense determinará un monto adicional en caso se le encuentre alguna secuela por el estrés generado durante todo el tiempo en el que la pareja de Piqué ha sido vigilada y perseguida por el periodista.
En este punto es importantísimo precisar que la sentencia de prisión en contra del comunicador no se hará de forma efectiva. Las leyes españolas estipulan que, al ser una condena de poco tiempo, el sentenciado no tendrá que poner ni un solo pie en algún centro de reclusiones, así que mantendrá su libertad. Lo único que le generará problemas es que está en la obligación de cumplir con cada indicación que el juez ha dictado en su contra al declararse culpable en el juicio.
¿QUÉ HABÍA PASADO CON CLARA CHÍA PARA DENUNCIAR AL FOTÓGRAFO?
Los hechos que llevaron al juicio se remontan a mayo del año pasado, cuando Clara Chía Martí denunció ante las autoridades policiales una serie de persecuciones y acercamientos no deseados por parte de Jordi Martí. Estos incidentes culminaron en la publicación de fotografías de la pareja en cuestión en diversos medios de comunicación, lo que exacerbó el malestar y la sensación de invasión de la privacidad por parte de la afectada. Recordemos también que, en febrero de 2023, la joven catalana fue hospitalizada por una crisis de ansiedad, la cual ahora se rumorea que se debió a causa del presunto hostigamiento que sufría por los medios de comunicación.
La defensa de Jordi Martí, respaldada inicialmente por la fiscalía, argumentó en favor de la libertad de prensa y el interés público de las fotografías capturadas. Sin embargo, el tribunal consideró que las acciones del fotógrafo cruzaron los límites aceptables, interfiriendo de manera inaceptable en la vida privada de Clara Chía Martí y generando un impacto negativo tanto en su bienestar emocional como en su seguridad personal. La denunciante demostró que, por su persecución, cambiaron muchas cosas de su vida. Por ejemplo, dejó de ir al gimnasio, vivía escondiéndose, no salía sola, entre otras consecuencias.
JORDI MARÍN AÚN PUEDE APELAR LA DECISIÓN DEL JUEZ
El caso ha despertado un debate público sobre los límites éticos y legales del periodismo en relación con la privacidad de las figuras públicas y sus allegados. La sentencia no solo busca reparar el daño causado a Clara Chía Martí, sino también sentar un precedente claro sobre las responsabilidades y obligaciones de los profesionales de los medios de comunicación en situaciones similares.
Pese a la contundencia del veredicto, Jordi Martí aún conserva el derecho a apelar la sentencia, un recurso que podría prolongar el proceso judicial y modificar los términos de la condena. No obstante, la decisión inicial del juez subraya la seriedad con la que se aborda el acoso y la intrusión en la vida privada, especialmente cuando se emplean métodos invasivos y coercitivos en la obtención de material periodístico.