Los ciudadanos peruanos siguen a la espera de recuperar sus aportes al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi). En estos momentos, el Grupo 20 está en el proceso de cobro de devolución parcial desde diciembre del año pasado. Sin embargo, Jorge Milla, integrante de la Comisión Ad Hoc en representación de la Asociación Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú (Fenaf Perú), dio a conocer que ya se está preparando el pago para la Lista 21. Conoce cuándo iniciará esta devolución y quiénes son los beneficiarios.
Como se conoce, para los nuevos pagos de las listas 1 a la 19, que se están llevando a cabo en el Banco de la Nación, los representantes de Fenaf Perú apuntaron que quienes no habían cobrado de estos grupos estaban en la misma condición de los que fueron incluidos en el Grupo 20.
¿Cuándo empieza la devolución de la Lista 21?
De acuerdo con Jorge Milla, la devolución a los miembros de la Lista 21 se realizará “a finales de marzo”. “Hemos aprobado estos pagos parciales. Se debería pagar todo, pero como los pagos masivos vienen a partir de marzo... El sistema de la secretaría técnica adscrita a la PCM están preparándolos para marzo. Entonces, mover ese sistema nos hubiera aplazado, y ya no empezaríamos en marzo. Por eso solo decidimos darle una activación del pago parcial [para las listas de la 1 a la 19]”, agregó en una entrevista con Infobae.
Según el miembro de la Comisión Ad Hoc, actualmente existe medio millón de fonavistas que están en proceso de verificación, y que el nuevo grupo de pago sería mayor al de los anteriores, que tenían poco más de 60 mil beneficiados. ¿Cómo saber en qué lista de devolución me encuentro? A través de la página oficial de Fonavi.
¿Qué se sabe del pago a beneficiarios en el 2024?
Los fonavistas que integraron la lista 1 al 19 y no lograron cobrar, podrán acceder a la devolución de fondos desde el 1 de febrero del 2024. Sin embargo, se espera que el Banco de la Nación pueda publicar el nuevo cronograma según DNI para que los fonavistas puedan saber cuándo cobrar estas devoluciones.
- Link para saber si te corresponde cobrar
- La secretaria general del Fonavi ha puesto a disposición un enlace para poder consultar la lista de los beneficiarios registrados en el padrón. Solo necesitas tu DNI para revisar si estás inscrito y recuerda que todo trámite es gratuito:
- Ingresa a Link Fonavi: https://www.fonavi-st.gob.pe/sifonavic1/
- Coloca tu número de DNI y el código de verificación que se te solicita.
- Dale clic a consultar y te saldrá el resultado.
¿Qué documentos presentar para cobrar la devolución?
Los fonavistas titulares solo deben llevar su Documento Nacional de Identidad (DNI). En caso de ser heredero, Héctor Cuadros, gerente de la Red de Agencias del Banco de la Nación (BN), informó en RPP que en las próximas horas se dará a conocer en la página web del Banco de la Nación debido a que cada caso es diferente. Sin embargo, manifestó que es indispensable llevar una declaración jurada.
¿Cómo saber si estoy registrado en el Fonavi?
- Darle clic AQUÍ: “Módulo de consulta del Estado de Registro”
- Ten a la mano tu documente de identidad y completa el formulario. Puede ser DNI, carnet de extranjería o libreta electoral.
- Digita el código de verificación que muestra la pantalla.
- Darle clic en “Consultar” y verifica si eres beneficiario.
- Para más información pueden comunicarse a la central telefónica 640-8655 o acercarse a los Módulos de Atención al Ciudadano (MAC).
¿En qué banco cobrar devolución del Fonavi?
La devolución de aportes del Fonavi se llevará a cabo en las más de 560 agencias del Banco de la Nación (BN) a nivel nacional. Solo deberán acercarse a dicha entidad financiera en la fecha que les corresponda, pero deben tener en cuenta que antes de ir, deben averiguar el día que te corresponde cobrar para evitar hacer fila en vano.
¿Qué ocurre si un fonavista ha fallecido?
En ese caso puede cobrar el dinero un familiar. “La devolución de aportes al Fonavi será al fonavista titular o a su representante debidamente autorizado y, en caso de fallecimiento, será a sus deudos”, indica la nueva orden de prelación excluyente, el cual se dará de la siguiente manera:
- Primero, el cónyuge sobreviviente o integrante de la unión de hecho.
- Hijos menores e hijos con discapacidad total permanente acreditada por el Conadis.
- Hijos mayores de edad.
- Padres.
- Hermanos.
A falta de cualquiera de las personas indicadas anteriormente, la devolución corresponderá a quienes acrediten ser deudos del fonavista fallecido mediante sucesión intestada o testamentaria.
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