24/11/2024

Bono Escolaridad de 400 soles: fecha CONFIRMADA de pago y cómo saber si soy beneficiario

Hace un año

Bono Escolaridad de 400 soles: fecha CONFIRMADA de pago y cómo saber si soy beneficiario

Revisa más detalles del Bono Escolaridad de 400 soles para el sector público que se pagará desde finales de enero 2024.

Revisa más detalles del Bono Escolaridad de 400 soles para el sector público que se pagará desde finales de enero 2024.

Cada vez falta menos para iniciar el mes el Año Escolar 2024, por lo que se aproximan los gastos que se deberán hacer por la compra de útiles, uniforme, libros y demás. Sin embargo, ciertos regímenes del sector público accederán al pago del Bono Escolaridad de 400 soles, que tiene la finalidad de brindar un respaldo económica ante el siguiente panorama.

Conoce la fecha de pago y últimas noticias del Bono Escolaridad 2024 en Perú.

PUEDES VER: Bono Escolaridad: Últimas noticias del pago de 400 soles para el sector público

Bono Escolaridad de 400 soles: fecha de pago

El Bono por Escolaridad se entrega a trabajadores estatales, que tengan o no hijos, a finales de enero o febrero del 2024, puesto que el pago se dará junto al sueldo correspondiente de dichos meses. En caso contrario, si el beneficiario no recibe este apoyo económico por parte del Estado peruano en dichas fechas, entonces se otorgará en el mes de junio del presente año.

Por otro lado, se tiene confirmado, mediante un comunicado, que el pago dirigido a los miembros activos de la Policía Nacional del Perú (PNP), comenzaría el próximo 26 de enero, de igual manera en la boleta del mes. Cabe señalar que este pago solo se entrega por única vez en el año.

Bono Escolaridad de 400 soles: beneficiarios

Conoce a qué trabajadores del sector público accederán al cobro del Bono excepcional por Escolaridad de 400 soles, según el Decreto Supremo Nº 001-2024-EF para el otorgamiento de la Bonificación por Escolaridad para el Año Fiscal 2024.

  • Funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto. Legislativo 276, la Ley 29944 y la Ley 30512.
  • Docentes universitarios a los que se refiere la Ley 30220.
  • Personal de la salud contemplado en el Decreto Legislativo 1153.
  • Obreros permanentes y eventuales del sector público.
  • Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Pensionistas comprendidos en los regímenes de la Ley 15117, los Decretos Leyes 19846 y 20530, el Decreto Supremo 051-88-PCM y la Ley 28091.
  • Servidores penitenciarios, según lo establecido en el numeral 1 del artículo 24 de la Ley N° 29709, Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria.
  • Trabajadores del Sector Público que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada, conforme al numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley N° 31638

¿Cómo saber si soy beneficiario del Bono Escolaridad 2024?

El personal que recibe el apoyo monetario debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar laborando a la fecha de vigencia de la presente norma, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
  • Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses a la fecha prevista en el literal precedente. Si no cuenta con el referido tiempo de tres meses, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.
  • En el caso de los profesores contratados y auxiliares de educación contratados en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, tienen derecho a percibir la Bonificación por Escolaridad, siempre que cumplan de manera conjunta con las siguientes condiciones:
  • Estar laborando en el mes de junio del presente año, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses a la fecha prevista en el literal precedente. Si no cuenta con el referido tiempo de tres meses, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.

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