El Estado peruano confirmó el pago del Bono Escolaridad para el 2025, esta iniciativa busca brindarle un respaldo económico a los trabajadores del sector público ante el inicio del año escolar. Los beneficiarios podrán acceder a un monto de 400 soles; sin embargo, algunos ciudadanos aún han recibido esta subvención.

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Se confirmó una NUEVA fecha de pago del Bono Escolaridad de 400 soles
La mayoría de trabajadores públicos ya comenzaron a cobrar el Bono Escolaridad, pero los profesores contratados y auxiliares de educación bajo la Ley N°2994 deberán esperar hasta junio del 2025 para cobrar los 400 soles.
El cambio en la fecha de pago para el personal docente contratado y auxiliares se debe a un ajusto importante en el presupuesto asignado y la gestión de las planillas de pago en el sector educativo.
Bono Escolaridad 2025: ¿Cómo cobrar el beneficio económico?
El Bono Escolaridad 2025 se paga de manera directa en la cuenta del trabajador público, esto quiere decir que los beneficiarios recibirán un adicional de 400 soles en su salario mensual. Para poder conocer si accediste al depósito, solo tienes que revisar tu boleta de pago.
¿Quiénes reciben el Bono Escolaridad 2025?
De acuerdo, al artículo 2 del Decreto Supremo, el Bono Escolaridad 2025 beneficia a diferentes grupos del sector público. A continuación, te brindaremos cuáles son. ¡Toma nota!
- Funcionarios y servidores públicos: Nombrados y contratados bajo los regímenes laborales del Decreto Legislativo N° 276, la Ley N° 29944 (Ley de Reforma Magisterial) y la Ley N° 30512.
- Docentes universitarios: A los que se refiere la Ley N° 30220.
- Personal de salud: Según lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1153.
- Obreros: Permanentes y eventuales del Sector Público.
- Miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú.
- Pensionistas: A cargo del Estado, comprendidos en diversos regímenes como la Ley N° 15117, los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.
- Servidores penitenciarios: De acuerdo con la Ley N° 29709.
- Trabajadores del Sector Público bajo el régimen laboral de la actividad privada.