La Junta de Portavoces del Congreso de la República acordó de manera unánime que este jueves 2 de mayo se debatirá el dictamen que plantea liberar el 100% de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS). El Pleno del Parlamento deliberará esta iniciativa que amplia la libre disposición de este fondo hasta el 31 de diciembre de 2024. Esto en favor de las personas que cuentan con este dinero para emprender algún negocio, pagar deudas o invertir.
Si se aprueba el dictamen, los trabajadores podrán disponer el total de sus fondos de CTS por todo este año. Además, la Ley propuesta establece que el Poder Ejecutivo tendrá un plazo de 10 día hábiles para la reglamentación de dicha norma. Aquí en Depor, te contamos todo lo que debes saber sobre la nueva liberación de fondos.
¿Cuándo será el debate en el Congreso?
El debate del retiro de la CTS en el pleno está programado para este jueves 2 de mayo. Cesar Revilla, presidente de la Comisión de Economía de la CTS, se mostró optimista con respecto al debate del retiro de la CTS. “Debería entrar sí o sí en debate si no hay oposición de los voceros en la Junta de Portavoces”, mencionó Cesar.
¿Cuándo depositan la CTS 2024?
Es una pregunta que se realizan miles de peruanos. A continuación, te presentamos las dos fechas en la cual las empresas están obligadas a realizar el depósito de la CTS y estas son:
- Durante los primeros 15 días de Mayo (Máximo hasta el 15 de mayo).
- Durante los primeros 15 días de Noviembre (Máximo hasta el 15 de noviembre).
¿Cómo calcular cuánto te corresponde de CTS?
Según con lo que explicó el associate partner del Área Laboral de EY Perú, Mauricio Matos, a la agencia Andina, el cálculo de la CTS se realiza de la siguiente manera:
- Si el trabajador percibe una remuneración principal imprecisa o variable, la CTS será el resultado del promedio del sueldo percibido por el trabajador en los seis meses que comprende cada periodo. Esto quiere decir que se promedia el salario de noviembre a abril (para la CTS de mayo) o de mayo a octubre (para la CTS de noviembre).
- Si el trabajador percibe una remuneración fija, pero tiene una remuneración complementaria imprecisa o variable (por ejemplo, percibe horas extras) estos montos serán incluidos en el cálculo siempre y cuando hayan sido percibidos 3 o más veces en el periodo de noviembre del año anterior a abril (para la CTS de mayo) o en el periodo de mayo a octubre (para la CTS de noviembre), en cuyo caso los conceptos se suman y se dividen por 6.
- Para calcular el monto, toma en cuenta tu sueldo mensual, luego súmale 1/6 de la gratificación (divide tu gratificación entre seis). Ese monto, divídelo entre 360 y luego multiplícalo por los días laborados (para todo el semestre, serían 180).
¿Quiénes pueden solicitar el retiro de la CTS?
- · Todos los empleados del régimen privado que trabajan, como mínimo, una jornada de cuatro horas diarias.
- · Trabajadores de pequeñas empresas que reciban 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios. El máximo de remuneraciones diarias es de 90.
- · En el caso de los trabajadores agrarios, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico. No obstante, el colaborador puede solicitar el abono de forma diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
- · Los trabajadores del hogar han sido incluidos recientemente. A ellos se les deberá abonar la CTS en las mismas condiciones que el régimen laboral común.
¿Cuáles son los requisitos para cobrar la CTS 2024?
Para retirar la CTS en el 2024, las personas necesitan haber acumulado un monto mayor a cuatro sueldos, (dependiendo el salario) para retirar el excedente. Asimismo, debes acercarte al banco donde se encuentra tu dinero y presentar tu solicitud. Por el momento, el Congreso viene evaluando la disponibilidad de la liberación total de la CTS.
¿Cómo saber el saldo de tu CTS?
Esto depende del banco en el que se encuentra tu dinero. Aquí te compartiremos los links de algunos de los bancos en Perú.
- BCP: https://www.viabcp.com/
- Interbank: https://interbank.pe/
- BBVA: https://www.bbva.pe/
- BanBif: https://www.banbif.com.pe/Personas
- GNB: https://www.bancognb.com.pe/
- Caja Sullana: https://www.cajasullana.pe/