22/12/2024

¿Cómo calcular tu CTS 2024, cuándo pagan y quiénes pueden retirar dinero?

Hace 9 meses

¿Cómo calcular tu CTS 2024, cuándo pagan y quiénes pueden retirar dinero?

A la fecha, existen ocho proyectos de ley en cuanto a la liberación de la Compensación de Tiempo de Servicio. Todo lo que debes saber en la nota.

A la fecha, existen ocho proyectos de ley en cuanto a la liberación de la Compensación de Tiempo de Servicio. Todo lo que debes saber en la nota.

La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio económico que en Perú se entrega dos veces al año a los trabajadores de las empresas privadas que están en planilla. Este dinero sirve como respaldo económico en caso de que el trabajador renuncie o sea despedido, por lo que no se puede disponer libremente del efectivo, salvo algunas excepciones. En la siguiente nota preparada por Depor encontrarás toda la información que necesitas saber al respecto.

¿Cuándo depositan la CTS?

De inmediato resolvamos una de las preguntas más frecuentes al hablar sobre la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS). Sobre las fechas en las que depositan el beneficio, al igual que el monto, es variable.

Cabe señalar que existen dos fechas en las que las empresas están obligadas a realizar este pago:

  • Entre los primeros 15 días de mayo (Máximo hasta el 15 de mayo).
  • Entre los primeros 15 días de noviembre (Máximo hasta el 15 de noviembre).

Dependerá mucho de la fecha próxima a la que te encuentres para poder determinar cuándo se realizaría este depósito.

¿Se puede retirar la CTS en 2024?

Correcto, no será necesario renunciar para retirar la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS). Sin embargo, a diferencia del año pasado, en 2024 no tendrás disponibilidad libre y necesitarás haber acumulado al menos cuatro sueldos (dependiendo de tu salario) para retirar el excedente. Para realizar el trámite, debes dirigirte al banco donde se encuentra depositado tu dinero y presentar tu solicitud. Actualmente, el Congreso está evaluando la disponibilidad de la CTS.

¿A quiénes les corresponde cobrar la CTS en Perú?

  • Todos los empleados del régimen privado que trabajan, como mínimo, una jornada de cuatro horas diarias, tienen derecho a recibir la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS).
  • Los trabajadores de pequeñas empresas que reciban 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios. El máximo de remuneraciones diarias es de 90.
  • En el caso de los trabajadores agrarios, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico. No obstante, el colaborador puede solicitar el abono de forma diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
  • Recientemente, los trabajadores del hogar han sido incluidos en el régimen de la CTS. A ellos se les deberá abonar la CTS en las mismas condiciones que en el régimen laboral común.

¿Cómo calcular cuánto te corresponde de CTS?

Según explicó Mauricio Matos, associate partner del Área Laboral de EY Perú, a la agencia Andina, el cálculo de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) se realiza de la siguiente manera:

  • Si el trabajador percibe una remuneración principal imprecisa o variable, la CTS será el resultado del promedio del sueldo percibido por el trabajador en los seis meses que comprende cada periodo. Esto significa que se promedia el salario de noviembre a abril (para la CTS de mayo) o de mayo a octubre (para la CTS de noviembre).
  • Si el trabajador percibe una remuneración fija pero tiene una remuneración complementaria imprecisa o variable (por ejemplo, percibe horas extras), estos montos serán incluidos en el cálculo siempre y cuando hayan sido percibidos 3 o más veces en el periodo de noviembre del año anterior a abril (para la CTS de mayo) o en el periodo de mayo a octubre (para la CTS de noviembre). En este caso, los conceptos se suman y se dividen por 6.

Para calcular el monto, se debe tomar en cuenta el sueldo mensual del trabajador, luego sumarle 1/6 de la gratificación (dividiendo la gratificación entre seis). Este total se divide entre 360 y luego se multiplica por los días laborados (para todo el semestre, serían 180 días).

¿Qué proyecto de ley busca retirar la CTS?

El congresista Edgard Reymundo (CD-JPP) presentó un proyecto de ley para autorizar la disponibilidad de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), con lo cual suman ocho las iniciativas legales planteadas para el retiro de este beneficio durante el año 2024. Reymundo propone autorizar por única vez y a hasta el 31 de diciembre de 2024 el retiro de hasta el 100% de los depósitos de CTS acumulados a la fecha en el sistema financiero.

De otro lado, la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Congreso elaboró un dictamen que propone ampliar hasta el 31 de diciembre de 2024 los alcances de la Ley 31480, que autorizó el retiro del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2023.

El dictamen en mayoría se elaboró en base a tres proyectos de presentados por los congresistas Flavio Cruz Mamani, Jorge Luis Flores Ancachi y Alejandro Soto Reyes, quienes proponen el retiro de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2024.

¿Quiénes pueden cobrar la CTS?

  • Los empleados del régimen privado que trabajan, como mínimo, una jornada de cuatro horas diarias.
  • Trabajadores de pequeñas empresas que reciban 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios. El máximo de remuneraciones diarias es de 90.
  • En el caso de los trabajadores agrarios, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico. No obstante, el colaborador puede solicitar el abono de forma diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
  • Los trabajadores del hogar han sido incluidos recientemente. A ellos se les deberá abonar la CTS en las mismas condiciones que el régimen laboral común.

¿Cuáles son los requisitos para cobrar la CTS en 2024?

Para retirar la CTS en el 2024, las personas necesitan haber acumulado un monto equivalente a más de cuatro sueldos (dependiendo del salario) para retirar el excedente. Además, deben acercarse al banco donde se encuentra depositado su dinero y presentar la solicitud correspondiente. Actualmente, el Congreso está evaluando la disponibilidad de la CTS.

¿Cómo saber el saldo de tu CTS?

Esto varía según el banco donde tengas tu cuenta. A continuación, te proporcionaremos los enlaces de algunos de los bancos en Perú.

  • BCP: https://www.viabcp.com/
  • Interbank: https://interbank.pe/
  • BBVA: https://www.bbva.pe/
  • BanBif: https://www.banbif.com.pe/Personas
  • GNB: https://www.bancognb.com.pe/
  • Caja Sullana: https://www.cajasullana.pe/

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