El Séptimo Juzgado Cvil de la Corte Superior de Justicia de Lima falló a favor de la Federación Peruana de Fútbol (FPF), quien había solicitado una modificación a la medida cautelar respecto a los derechos de transmisión de los partidos de la Liga 1-2023.
Según el expediente emitido por el Poder Judicial, ayer miércoles 25 de enero por el juez Juan Varillas Solano, ordenó “a los emplazados, cualquier empresa ligada o vinculada a éstos, o cualquier otro tercero en general persona natural o jurídica, abstenerse de celebrar cualquier acto o negocio jurídico relacionado a dichos derechos de transmisión audiovisual".
Además, agregaron que esta medida también alcanza a cualquier “partido de fútbol disputados en territorio peruano ya sea de partidos amistosos u oficiales que haya sido celebrados por los codemandados o cualquier empresa ligada o vinculada a éstos o cualquier otro tercero en general persona natural o jurídica”, que no cuenten con autorización o aprobación expresa de la Federación Peruana de Fútbol.
RESPETAN LOS CONTRATOS
Mediante un comunicado emitido la FPF dio a conocer que la resolución emitida por el Poder Judicial, no impide que los partidos de local de los clubes Universitario, Sport Boys, Carlos A Mannucci y Deportivo Municipal, sean trasmitidos por el Consorcio Fútbol Perú, empresa con la cual tienen contrato hasta diciembre de 2025.