05/11/2024

Pensión IMSS e ISSSTE 2024: ¿Quienes recibirán DOBLE PAGO en el mes de agosto?

Hace 3 meses

Pensión IMSS e ISSSTE 2024: ¿Quienes recibirán DOBLE PAGO en el mes de agosto?

Conoce quienes serán los jubilados que recibirán más pensión en México.

Conoce quienes serán los jubilados que recibirán más pensión en México.

El próximo 30 de julio iniciará el pago de la pensión correspondiente de agosto para todos los jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Programa Bienestar 2024 no pagará en julio y agosto.

PUEDES VER: Programa Bienestar 2024: Lista de beneficiarios que NO RECIBIRÁN SU PAGO en julio y agosto

En vista del próximo depósito de la pensión del octavo mes a este grupo de ciudadanos, la verdad es que pocos saben que algunos recibirán más dinero. Sigue leyendo esta nota para conocer más detalles.

¿Quiénes recibirán más pensión en el mes de agosto?

Según el documento publicado por el Diario Oficial de la Federación (DOF), las personas que están registradas en el IMSS y el ISSSTE que sean beneficiarias del Fondo de Pensiones para el Bienestar recibirán una mejor pensión.

Para ser beneficiario del Fondo de Pensiones para el Bienestar deben tener acceso a un monto de 16 mil 777.68 pesos mensuales como pensión, monto que equivale a un salario mensual promedio registrado en el 2023 por el IMSS; sin embargo, para aplicar a ello debieron jubilarse desde el 1 de julio del 2024.

Fecha de pago de pensión a jubilados y pensionados en México 2024.

Requisitos para ser beneficiario del Fondo de Pensiones para el Bienestar 2024.

Si quiees acceder a más pensión del mes de agosto, te diremos los requisitos que debes cumplir para ser beneficiario del Fondo de Pensiones para el Bienestar.

  • Tener 65 o más años.
  • Jubilarse a partir del 1 de julio 2024.
  • Contar con las semanas cotizadas necesarias.
  • Tener acceso a una pensión menor o igual a los 16 mil 777.67 pesos mensuales.
  • Cotizar bajo la Ley del 97 o Régimen de Afores, en el caso del IMSS.
  • Cotizar en el Régimen de Cuentas Individuales, Ley del ISSSTE de 2007.

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