05/11/2024

Nassib Neme: La FEF exhibe toda su ignorancia

Viernes 04 de Octubre del 2019

Nassib Neme: La FEF exhibe toda su ignorancia

Aplicar el estado de excepción, dice el dirigente azul, no implica aplazar torneos deportivos.

Aplicar el estado de excepción, dice el dirigente azul, no implica aplazar torneos deportivos.

La delegación de Emelec deberá volver de la capital, donde anoche debía enfrentar a Liga de Quito por la semifinal de ida de la Copa Ecuador, sin haber entrado en acción. El partido fue suspendido por orden de la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF), tras anunciar el Gobierno que rige en el país el estado de excepción.

Ante la disposición de la Federación Nassib Neme, presidente eléctrico, le dijo ayer a este Diario: “La FEF está poniendo a prueba toda su ignorancia y alimentando de la misma a la sociedad deportiva. También mañana las empresas podrían decidir que no habrá actividad laboral por el estado de excepción”. La decisión gubernamental tiene como fin permitir la libre movilidad de los ciudadanos ante las protestas generadas por los transportistas al eliminarse el subsidio a la gasolina.

Para Neme, “suspender el partido, o torneos deportivos, no es exactamente el espíritu de un estado de excepción. No está conectado con suspender actividades laborales, sociales, culturales o deportivas. Más bien significa, desde tiempos del Imperio romano hasta ahora, perder ciertos derechos ciudadanos”.

Suspender el partido, o torneos deportivos, no es el espíritu del estado de excepción. La FEF está poniendo a prueba toda su ignorancia. Nassib Neme, presidente de Emelec

El ministro de Defensa, Oswaldo Jarrín, explicó ayer que se establece el estado de excepción para que la Policía Nacional y Fuerzas Armadas actúen cuando se interrumpa el orden vigente y se obstaculice la movilidad y el desarrollo de actividades.

Según el artículo 165 de la Constitución, durante el estado de excepción el presidente de la República solo podrá suspender o limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de tránsito, libertad de asociación y reunión y libertad de información. (D)

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