El matrimonio es uno de los siete sacramentos del catolicismo, en el que dos personas se unen ante el altar para jurar amor eterno y fidelidad hasta que la muerte los separe. Dentro de esta unión, hay apoyo, ayuda, comprensión y ciertos beneficios. En Estados Unidos, uno de estos aspectos positivos es la posibilidad de solicitar una visa al casarse con un ciudadano o ciudadana nacida en estas tierras. Ahora, la USCIS actualizó las condiciones para obtener la residencia.

PUEDES VER: Atención, inmigrantes latinos | Se reanuda el procesamiento de licencias de conducir para beneficiarios del TPS en este estado
Anuncio de estos cambios
El 1 de agosto del presente año, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) actualizó los requisitos en su Manual de Políticas para aclarar el proceso de evaluación, verificación y adjudicación de las solicitudes de visa de inmigrante basada en la familia, siempre que uno de los cónyuges sea ciudadano de ese país.
Se realizará una evaluación más minuciosa a las parejas que soliciten la Green Card si uno de ellos es extranjero.Conforme a la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), se establece que las personas con ciudadanía estadounidense, así como los residentes permanentes, pueden solicitar el ingreso de ciertos familiares mediante una Petición de Familiar Extranjero (Formulario I-130). Eso sí, dejaron en claro que la solicitud de visas fraudulentas reduce las posibilidades de obtener el permiso de permanencia legal y "socavan el sistema de inmigración en Estados Unidos".
Por ello, la agencia migratoria exige que los matrimonios y las relaciones familiares sean verdaderos y verificables, además de cumplir con las leyes aplicables. En la nueva guía se explican las políticas para brindar claridad y coherencia al proceso: "Esta actualización también proporciona orientación relacionada con las aprobaciones y denegaciones de peticiones de visa de inmigrante basadas en la familia".
Cambios para peticiones familiares
En 2025 se implementaron actualizaciones relevantes, como la del Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus. Este proceso requiere completar el nuevo formato, obligatorio desde abril. A esto se suma la necesidad de llenar el Formulario I-130 que, si bien mantiene vigente su edición actual, incorporó ciertas actualizaciones, como advertencias sobre fraude matrimonial y recordatorios sobre las opciones de procesamiento consular.
Aclaraciones
Esta modernización detalla ciertas obligaciones para los residentes extranjeros con orígenes familiares, incluyendo a las personas casadas con ciudadanos, al señalar:
- Añadir la orientación sobre los criterios de elegibilidad y criterios de presentación y documentación para peticiones.
- Explica cómo la agencia analiza las solicitudes basadas en la familia que se presenta como relacionadas o múltiples.
- Detalla las circunstancias en que autoriza al Departamento de Estado a aceptar el Formulario I-130.
- Enseñar cuándo la UCSIS notifica una petición aprobada al Centro Nacional de Visas.
- Aclara cuando se necesita entrevistas para peticiones de visa inmigrante.
- Avisa que pueden emitir un Aviso de Comparecencia si esta persona es deportable.