La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) se pagará este 15 de mayo en varias empresas del territorio, pues se trata de un beneficio obligatorio que los empleadores deben entregar a sus colaboradores dos veces al año como parte de los pagos respectivos por ser trabajador.

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Este abono tiene como objetivo proteger al trabajador de las contingencias que pudieran originarse, como consecuencia del cese en el trabajo, es decir que, ante un despido, el trabajador puede hacer uso de este monto. Sin embargo, actualmente se está a la espera de que se pueda disponer del dinero tras una aprobación de retiro.
¿Qué se necesita para percibir la CTS?
- Reciben los trabajadores sujetos al régimen laboral común de la actividad privada que cumplan, cuando menos en promedio, una jornada mínima diaria de cuatro horas
- Reciben aquellos sujetos al régimen laboral y compensatorio común de la actividad privada, aun cuando tuvieran un régimen especial de remuneración; la determinación de la remuneración computable se efectuará atendiendo dicho régimen especial
¿Cuál es el plazo límite para la revisión de la ley de retiro de CTS?
El plazo que tiene Boluarte para revisar la Ley, se puede ver en la captura del documento oficial de la autógrafa, y según lo indica "vence 22/05/2025", siendo así que la fecha del jueves 22 de mayo es el plazo máximo que tiene el Ejecutivo.
¿Qué pasa si no se deposita la CTS?
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) informó que las empresas que no cumplan con el depósito del aporte, tendrán que asumir una multa correspondiente.
- Pequeñas empresas: las multas oscilan entre 0.45 y 4.50 unidades impositivas tributarias (UIT), es decir, entre S/2,070 y S/20,700.
- Empresas no Mype: las multas van desde 1.57 hasta 26.12 UIT, equivalentes a montos entre S/7,222 y S/120,152.