19/09/2024

La BUENA NOTICIA que recibieron las personas con ceguera y discapacidad visual del Seguro Social

Hace un mes

La BUENA NOTICIA que recibieron las personas con ceguera y discapacidad visual del Seguro Social

Las personas que sufren de discapacidades como ceguera o sordera pueden ser apoyadas mediante los servicios especiales que brinda el Seguro Social.

Las personas que sufren de discapacidades como ceguera o sordera pueden ser apoyadas mediante los servicios especiales que brinda el Seguro Social.

El Seguro Social en Estados Unidos (EEUU), dentro de todos los programas sociales que ofrece, también cuenta con varios servicios especiales, los cuales buscan ayudar a las personas que sufren problemas de visión o audición. Te explicamos más a detalle a continuación.

Así puedes adquirir la Green Card sin casarte.

PUEDES VER: Atención, inmigrantes: ¿Es posible obtener la Green Card (Tarjeta Verde) en Estados Unidos sin casarse?

Cabe resaltar que el Seguro Social se compromete a asegurar que todos los interesados puedan acceder a sus programas y actividades, independientemente de la discapacidad que padezcan.

¿Cuál es la opción de aviso especial para las personas que sufren de ceguera y audición?

Algunas de las opciones que brinda el SAA para brindar información a las personas con problemas visuales son las siguientes:

  • Aviso en Braille y un aviso impreso estándar por correo de primera clase.
  • Un documento en formato de Microsoft Word en un disco compacto y un aviso estándar por correo de primera clase.
  • Un aviso en letra grande (de tamaño de 18 puntos) y un aviso impreso estándar por correo de primera clase.

Mientras que en el caso de las personas con problemas de audición, las formas que utiliza el Seguro Social son:

  • Notas escritas a mano.
  • Lectura labial o del habla.
  • Dispositivos telefónicos para los sordos.

¿Cuáles son los beneficios que te otorga el Seguro Social?

El Seguro Social ofrece diversos programas a todas las personas que resultan elegibles en base a sus reglas. Estos son:

  • Beneficios por jubilación.
  • Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI).
  • Seguridad por Incapacidad del Seguro Social.
  • Beneficios para cónyuges y familiares sobrevivientes.

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