Desde que inició el 2024, el régimen de Nicolás Maduro está pagando diferentes beneficios económicos mediante la plataforma del Sistema Patria. Pero uno de los subsidios más esperados es el Bono de Guerra Económica, ya que para enero presenta nuevos montos.
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Recordemos que, este subsidio económico beneficia a los trabajadores públicos, jubilados, pensionados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) y personas inscritas en el programa Amor Mayor.
Bono de Guerra Económica: Cronograma de pago vía Patria
Por ahora, se desconoce cuándo comenzará el pago del Bono de Guerra Económica, enero 2024. Pero es programa que la fecha de entrega sea similar a diciembre 2023. ¡Toma nota!
- Bono de Guerra para trabajadores públicos: 15 de diciembre.
- Bono de Guerra para jubilados: 18 de diciembre.
- Bono de Guerra para pensionados del IVSS: 21 de diciembre.
¿De cuánto es el Bono de Guerra Económica?
Hasta el momento, el Gobierno venezolano no ha confirmado los nuevos montos del Bono Guerra Económica, pero se espera que este pago sea mayor al de diciembre, ya que este beneficio apoya económicamente a diversos sectores.
MONTOS DEL ÚLTIMO PAGO DEL BONO GUERRA ECONÓMICA
- Trabajadores públicos activos: 1420 bolívares o 40 dólares, según la tasa del BCV en diciembre.
- Trabajadores jubilados: 1.980 bolívares o 55,82 dólares, según la tasa del BCV en diciembre.
- Pensionados del IVSS y Amor Mayor: 705 bolívares o 19,87 dólares, según la tasa del BCV en diciembre.
Bono de Guerra Económica: ¿Cómo cobrar el beneficio vía Patria?
A continuación, podrás conocer cuáles son los pasos que debes seguir para cobrar el Bono de Guerra Económica, enero 2024.
- Inicia sesión en tu cuenta personas el Sistema Patria.
- Ve a 'monedero' y luego a 'retiro de fondos'.
- Escoge el monedero de origen, monto y destino de los fondos.
- Clic en 'continuar' y 'aceptar'.
- Finalmente, el sistema te mostrará que la operación fue un éxito y listo.
Bono Guerra para Amor Mayor: Requisitos para acceder el beneficio
- Cédula de identidad vigente.
- Carnet de la Patria.
- Contar con al menos 55 años si es mujer o 60 años si es hombre.
- De ser extranjero, debe tener la condición de residente por lo menos 10 años.
- No haber cotizado nunca en el IVSS.
- Estar registrado en el Sistema Patria.
- Copia del Registro único de información fiscal