El domingo 2 de abril inició la Semana Santa con el Domingo de Ramos, esto quiere decir que el jueves 6 y viernes 7 de abril miles de trabajadores disfrutarán de dos días feriados que se unirán con el sábado 8 y domingo 9. No obstante, algunas personas tendrán que laborar con normalidad, si es tu caso, sabes ¿Cuánto te pagarán por esas fechas?. En la siguientes líneas, tus amigos del Diario Líbero te resuelven la duda.
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¿Cuánto me deben pagar si trabajas Jueves Santo y Viernes Santo?
Según información que ofrece la Sunafil, el pago que deben recibir los empleados que laboren durante estos días, dependerá específicamente en el acuerdo en el que se llegue con el empleador.
Además, indica que en caso algún trabajador labore en esas fechas sin sustituir el descanso por otros días, deberá recibir el triple de su remuneración diaria, según establece la normativa vigente.
Y es que el pago que recibe el trabajador tanto en Jueves o Viernes Santo se debe contemplar una remuneración diaria por el trabajo realizado, una remuneración por el descanso del feriado no usado y una tercera remuneración por el feriado, esta última ya incluida en la remuneración semana, quincenal o mensual, según corresponda.
Descanso a cambio de feriado laborado
Otro sería el caso, si es que el empleador otorga un día de descanso a cambio de cada feriado laborado, si esto sucede ya no corresponderá el pago de suma adicional alguna. Esto quiere decir que a fin de mes cobraría con normalidad.
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